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ACOGIMIENTO FAMILIAR

El Acogimiento Familiar es una medida de protección por la que el menor en situación de riesgo o desamparo, que no puede o no debe vivir con su familia biológica, pasa a integrarse con una familia de acogida. Produce la plena participación del menor en la vida de la familia, y son obligaciones de quien lo recibe el velar por el menor, tenerlo en su compañía, alimentario, educarlo y procurarle una formación integral.
 
Es una medida preferente, pues estar con una familia proporciona un ámbito afectivo seguro y estable, además de una atención individualizada y personalizada, que repercutirán positivamente en su desarrollo personal y social.
 
El Acogimiento Familiar puede establecerse en una familia ajena al ámbito del menor o bien en su familia extensa, siempre preferible si es viable atendiendo al interés superior del niño .
 
En el acogimiento familiar la guarda del menor será ejercida por los acogedores, delegada desde la Comisión de Tutela del Menor, que previamente habrá asumido una medida de protección del menor . No obstante, existe la posibilidad de que el acogimiento familiar se formalice por decisión judicial, sin que previamente la administración haya asumido ni guarda ni tutela. Al igual que en determinados supuestos de acogimiento permanente, a los acogedores se les delegará por el juez las facultades de la tutela.
CARACTERÍSTICAS DEL ACOGIMIENTO FAMILIAR​
  • Se mantiene la posibilidad de crecer en un medio familiar como marco privilegiado de convivencia para todos los niños y niñas.
  • Proporciona un entorno de afecto y apoyo garante de un adecuado desarrollo, a la vez que permite conservar la relación con la familia biológica.
  • Se mantiene la relación con la familia biológica, con lo que se minimiza la sensación de abandono. Los niños o niñas no pierden el vínculo, confirman su origen y pueden reconstruir la relación con su familia biológica.
  • Permite constituir una etapa coherente en su historia de vida dentro de un ambiente familiar, ayudándoles a construir su identidad de una manera positiva.
  • Transcurrido un breve período desde que se inicia la convivencia con la familia acogedora, se observan resultados positivos, tanto para el niño o niña acogido como para la familia acogedora: un mayor desarrollo del lenguaje, incremento del desarrollo psicomotor, crecimiento físico (aumentan talla y peso) y desarrollo de la relación afectiva.
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Miembro de la Orden Civil de la Solidaridad Social (cruz de Plata). Enero 2016 

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